Es hora de cambiar las cosas, no dejemos que nos manejen. Hace tu denuncia en forma anomima. BASTA DE PERMANECER CALLADOS dejando que nos atropellen y pisen nuestros derechos. Si estas en este blog es porque estas cansado de la corrupcion. Contanos en forma anonima cuales son las cosas que estan mal en tu empresa o sindicato. Estan acostumbrados a vendernos sin que nadie alce la voz. Es hora que cambiemos, con tu ayuda, entre todos lo podemos hacer.
domingo, 15 de agosto de 2010
Teleservicios y Marketing S.A. -DDM Esclavitud Siglo XXI
Esta empresa se caracteriza por tener serias irregularidades en la misma , es un call center , a lo cual los trabajadores mismos son muy maltratados por sus superiores , como ser apercibimientos de cualquier indole , como ser por tomar agua en el lugar de trabajo , como pasarse del horario de descanso porque van al baño y siempre estan con la amenaza de ser despedidos sino cumplen con esto ,no les pagan los dias de estudios ni de enfermedad , los tienen jornalizados, trabajan en un lugar muy insalubre con poco espacio de trabajo y mala iluminacion , tienen dos sectores que uno cumple con la normativa que es para mostrar a los clientes y el otro sector en muy malas condiciones se encuentra y es donde hay mas cantidad de gente , y hace poco tiempo por discriminacion gremial despidieron a una operadora telefonica porque queria ser delegada y esta persona da fe que el mismo sindicato que los representa la "buchoneo ", es lamentable que ocurran estan cosas por eso la denuncia de esto y que de alguna forma se haga algo al respecto
Credial
Se sufre discriminacion de parte de la Gerenta y hacen lo imposible para que no entre ningun sindicato hablandole mal de nosotros a nuestros compañeros asi no se unen al sindicato y amenazando a todos los que trabajamos en esta empresa
sábado, 31 de julio de 2010
Certificado Medico
Anónimo
hola buenas noches: trabajo para carrefour zarate provincia de bs as y queria saber si esta empresa puede obligar a los empleados cuando estan enfermos a viajar a otra ciudad (Campana a 8/10 km) para que el medico laboral te vea y en el 90% de los casos te levante el parte medico sin importarles tu estado de salud. los delegados nos aseguraron que no era obligacion y solo en caso de estar deacuardo podiamos acercarnos hasta alli, ahora el caso es que la empresa se niega a recibir los certificados medicos en el local al que asistimos a trabajar y si no nos presentamos en el local de la ciudad vecina que es el que tiene el medico laboral entonces descuenta los dias de parte medico directamente, los delegados para todo esto son totalmente indiferentes a lo que ocurre.
no me parece justo que esta empresa para ahorrarse pagar al medico que visito todo estos años a los empleados enfermos ahora tenga que salir del bolsillo del empleado y mas aun la mayoria no tiene vehiculo propio y hacerse cargo del remis que tiene un costo de $40 a $50.
la empresa nos presento la nueva normativa sin opcion a elegir y si como una obligacion nuestra, ademas la empresa no evalua si el estado de salud del empleado le permite acercarse hasta alli o no.
por esta razon ya tuvieron muchos problemas los compañeros y mas con la enfermera y el medico de dicho consultorio ya que el mismo dijo que le pagan para mandar al empleado a trabajar este como este.
28 de julio de 2010 20:40
Empleados de comercio autoconvocados
Hola, por lo que entiendo, el control que hace el empleador es "domiciliario", así también lo entiende la jurisprudencia.
"No puedo dejar de destacar que el control a que hace referencia el art. 210 de la LCT es "domiciliario", y por ende, el trabajador enfermo no puede ser compelido a desplazarse fuera del ámbito físico donde se encuentra, por lo que su negativa en ese sentido (en el caso, la actora comunicó fehacientemente que no podía concurrir al médico asignado por el empleador…), tampoco se traduce en un incumplimiento de conducta susceptible de ser invocado como hecho injurioso" "Maidana Viviana Edith c/ Edding Argentina S.A Y otro s/ despido" – CNTRAB – SALA IX – 30/12/2009
El control domiciliario es facultativo para el empelador, que sea una facultad no significa que el control que te haga el médico de la empresa sea el necesario para justificar la enfermedad; es decir que los certificados del médico que te atendió son válidos.
hola buenas noches: trabajo para carrefour zarate provincia de bs as y queria saber si esta empresa puede obligar a los empleados cuando estan enfermos a viajar a otra ciudad (Campana a 8/10 km) para que el medico laboral te vea y en el 90% de los casos te levante el parte medico sin importarles tu estado de salud. los delegados nos aseguraron que no era obligacion y solo en caso de estar deacuardo podiamos acercarnos hasta alli, ahora el caso es que la empresa se niega a recibir los certificados medicos en el local al que asistimos a trabajar y si no nos presentamos en el local de la ciudad vecina que es el que tiene el medico laboral entonces descuenta los dias de parte medico directamente, los delegados para todo esto son totalmente indiferentes a lo que ocurre.
no me parece justo que esta empresa para ahorrarse pagar al medico que visito todo estos años a los empleados enfermos ahora tenga que salir del bolsillo del empleado y mas aun la mayoria no tiene vehiculo propio y hacerse cargo del remis que tiene un costo de $40 a $50.
la empresa nos presento la nueva normativa sin opcion a elegir y si como una obligacion nuestra, ademas la empresa no evalua si el estado de salud del empleado le permite acercarse hasta alli o no.
por esta razon ya tuvieron muchos problemas los compañeros y mas con la enfermera y el medico de dicho consultorio ya que el mismo dijo que le pagan para mandar al empleado a trabajar este como este.
28 de julio de 2010 20:40
Empleados de comercio autoconvocados
Hola, por lo que entiendo, el control que hace el empleador es "domiciliario", así también lo entiende la jurisprudencia.
"No puedo dejar de destacar que el control a que hace referencia el art. 210 de la LCT es "domiciliario", y por ende, el trabajador enfermo no puede ser compelido a desplazarse fuera del ámbito físico donde se encuentra, por lo que su negativa en ese sentido (en el caso, la actora comunicó fehacientemente que no podía concurrir al médico asignado por el empleador…), tampoco se traduce en un incumplimiento de conducta susceptible de ser invocado como hecho injurioso" "Maidana Viviana Edith c/ Edding Argentina S.A Y otro s/ despido" – CNTRAB – SALA IX – 30/12/2009
El control domiciliario es facultativo para el empelador, que sea una facultad no significa que el control que te haga el médico de la empresa sea el necesario para justificar la enfermedad; es decir que los certificados del médico que te atendió son válidos.
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